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El síndrome de Down es una combinación cromosómica natural que siempre ha formado parte de la condición humana, existe en todas las regiones del mundo y habitualmente tiene efectos variables en los estilos de aprendizaje, las características físicas o la salud.

El acceso adecuado a la atención de la salud, a los programas de intervención temprana y a la enseñanza inclusiva, así como la investigación adecuada, son vitales para el crecimiento y el desarrollo de la persona.

En diciembre de 2011, la Asamblea General de Naciones Unidas designó el 21 de marzo Día Mundial del Síndrome de Down.

Con esta celebración, la Asamblea General quiere aumentar la conciencia pública sobre la cuestión y recordar la dignidad inherente, la valía y las valiosas contribuciones de las personas con discapacidad intelectual como promotores del bienestar y de la diversidad de sus comunidades. También quiere resaltar la importancia de su autonomía e independencia individual, en particular la libertad de tomar sus propias decisiones.

El 21 de marzo de 2016 se celebra el 11º aniversario del Día Mundial del Síndrome de Down. El tema de 2016 es: «Mis Amigos, Mi Comunidad. Los beneficios de los entornos inclusivos para los niños del presente y de los adultos del mañana».

Los derechos de las personas con síndrome de Down están enunciados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y, en el caso de menores de 18 años, en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, Niña y Adolescente. Las personas con síndrome de Down tienen derecho:

  1. A la vida y a disfrutar de ella.
  2. A tener una familia.
  3. A una vivienda digna, una alimentación adecuada y un vestido apropiado.
  4. A la salud y la protección de su integridad física y mental en igualdad de condiciones que los demás.
  5. A una educación inclusiva con los apoyos necesarios.
  6. A tomar sus propias decisiones.
  7. A opinar libremente.
  8. Al respeto de su privacidad.
  9. A trabajar dentro del mercado laboral abierto y competitivo.
  10. A votar y participar en las elecciones de su comunidad.
  11. A un igualitario acceso a la Justicia.
  12. A participar en la vida cultural, igual que las demás personas.
  13. A viajar libremente, elegir su lugar de residencia y nacionalidad.
  14. A tener igual reconocimiento ante la ley.
  15. A vivir de forma independiente y formar parte de la comunidad.
  16. A tener igualdad de oportunidades que los demás para participar en los distintos ámbitos de la sociedad y no ser discriminados por su discapacidad.
  17. A contar con información accesible y los ajustes razonables que necesiten.
  18. A un envejecimiento activo.
Para Mayor información:
Síndrome de Down – Argentina – ASDRA

21 de marzo -Día Mundial del Síndrome de Down

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